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La Comisión Europea considera abusivos los acuerdos de novación y transacción sobre la cláusula suelo
A la espera de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resuelva la cuestión prejudicial sobre las novaciones y transacción de la cláusula suelo, la Comisión Europea ya marca el camino al Alto Tribunal declarando que dichos pactos no fueron transparentes.
La Comisión Europea ha dado a conocer un informe en el que considera “abusivos” los acuerdos que los consumidores firmaron con su banco comprometiéndose a no reclamar retroactivamente lo cobrado por la cláusula suelo. La Comisión considera que hubo un “desequilibrio” entre clientes y bancos.
Todo parece indicar, a raíz de este informe, que Europa volverá a tirar de las orejas al Tribunal Supremo español que consideró que los acuerdos pactados, antes de que el TJUE abriera la puerta a reclamar todo lo pagado de más, no eran transacciones, sino novaciones. Este simple matiz es para el Supremo suficiente para no poder recuperar el dinero.
Sin embargo, la Comisión Europea cree que estas renuncias son abusivas en sí mismas, “sin que sea necesario apreciar las circunstancias de cada caso concreto”. Lo que aquí no se ve, se ve en Europa, y es que estos acuerdos generan “un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes del contrato”.
Aunque en el contrato se habla de renuncia mutua, como si de un pacto simétrico se tratara, lo cierto es que los bancos no renuncian a sus derechos de ejecución y el consumidor sí lo hace. Este desequilibrio entre los derechos y obligaciones de ambas partes es abusivo y, por tanto, el consumidor podrá demandar si se considera lesionado.
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